Si tu empresa quiere realizar una capacitación aprovechando los beneficios que ofrece la Franquicia Tributaria, debe seguir los siguientes pasos:
Paso 1: Comunicar
Informar a SENCE, la actividad de capacitación, con sus participantes, fecha de ejecución, entre otros.
Link para empresas registradas en SENCE: http://www2.sence.cl/empresas.htm
Link para empresas no registradas en SENCE: http://www.sence.cl/portal/Perfil/Empresas/3589:Formulario-de-adhesion-en-linea-al-sistema-de-comunicacion-Sence-para-empresas
Paso 2: Rectificar
Las actividades de capacitación que se encuentran en ejecución es posible realizar rectificaciones a lo informado a SENCE.
Estas rectificaciones se encuentran en los Manuales de Procedimientos y deben ser gestionadas por la entidad que informo a SENCE, empresa u OTIC. Se debe gestionar a través de los siguientes correos:
Paso 3: Liquidar
Proceso de acreditación y pago de la actividad de capacitación, se debe presentar a SENCE o al OTIC la documentación que respalda la ejecución y el respectivo pago dentro del plazo de 60 días corridos desde la fecha de término de la actividad de capacitación.
Documentación según la modalidad de capacitación:
- Cursos E-learning: Factura pagada, declaración jurada del OTEC, declaración jurada de los participantes.
- Cursos mixtos: Factura pagada, certificado de asistencia emitido desde el LCE y/o declaración jurada del OTEC, más declaración jurada de los participantes.
- Cursos internos: Boleta de honorarios o boleta de terceros pagada, certificado de asistencia emitido desde el LCE, copia de todos los gastos asociados a la solicitud de código.
- Cursos a Distancia – Autoinstrucción: Presentar declaración jurada de los participantes y el OTEC. Ver en: http://www.sence.cl/portal/Perfil/Personas/Jovenes/4512:Cursos-a-Distancia-Autoinstruccion
Para liquidar una actividad de capacitación se debe ingresar en el siguiente link: http://www.sence.cl/portal/Perfil/Empresas/584:Comunicar-rectificar-liquidar-o-anular-una-actividad-de-capacitacion
Paso 4: Certificar gasto en capacitación
Al año siguiente SENCE certificará el gasto en capacitación, para ello la empresa deberá presentar a SENCE, una declaración jurada anual de retención y pago de cotizaciones previsionales (notarial), una vez emitido el Certificado la empresa podrá declarar en el formulario Nº22 de la Declaración de Impuesto a la Renta.
Este paso se debe realizar ingresando en el siguiente link: www.sence.cl/portal/Oportunidades/Impulsa-para-Empresas/Actividades-de-Capacitacion/7192:Certificacion-del-gasto-en-capacitacion-y-o-en-Evaluacion-y-Certificacion-de-Competencias-Laborales
Fuente: www.sence.cl